¡Orden en las Boleteras! Nuevas Reglas de PROFECO y Alerta Agraria del DOF
PROFECO regula la venta de boletos y la SCJN anula multas municipales. Conozca las reformas legales del DOF para proteger su empresa y cumplir hoy.
19 feb 2026
Índice de contenidos
1. Nuevas Obligaciones para Boleteras y Promotores de Conciertos (Área Mercantil y Administrativa)
La PROFECO emitió los lineamientos para regular la venta de boletos en eventos masivos (más de 20,000 asistentes). La disposición obliga a las empresas a mostrar el precio total (incluyendo cargos por servicio) desde el primer contacto visual con el consumidor y prohíbe explícitamente la preselección de cargos adicionales o seguros que el usuario no haya solicitado activamente.
¿Por qué es relevante?: Establece una responsabilidad solidaria entre el promotor del evento y la plataforma de venta. Además, obliga a implementar tecnologías contra bots y garantiza la devolución total (incluyendo cargos) en caso de cancelación.
Plazo de implementación: Vigente a partir de hoy, 19 de febrero de 2026.
Recomendación: Los despachos corporativos deben revisar los términos y condiciones en los contratos de sus clientes prestadores de servicios de boletaje para evitar multas bajo los capítulos XIII y XIV de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
2. Digitalización y Reducción de Plazos en el Registro Agrario Nacional (Área Agraria)
La SEDATU publicó un acuerdo de simplificación administrativa que moderniza el acceso a la propiedad social. Se elimina la obligación de presentar planos físicos en trámites de ubicación de predios y se integra la CURP con datos biométricos como identificación única y suficiente para acreditar identidad ante el RAN.
¿Por qué es relevante?: Se reducen los plazos máximos de resolución de 60 a 45 días hábiles para trámites clave como la constitución de nuevos ejidos y reposición de certificados parcelarios.
Fecha clave: El decreto surte efectos hoy mismo.
Recomendación: Actualice sus expedientes de regularización de tierras aprovechando el uso de la CURP para agilizar los procesos de firma y validación documental.
3. Sentencia de la SCJN sobre Invalidez de Multas Municipales (Área Constitucional)
El Pleno de la Suprema Corte invalidó artículos de las Leyes de Ingresos 2025 de los municipios de Calpulalpan, Hueyotlipan y Zacatelco, Tlaxcala. La Corte determinó que los municipios no pueden sancionar juegos con apuestas por ser competencia federal (Art. 73, frac. X) ni usar términos ambiguos como "música estridente" o "faltas a la moral".
¿Por qué es relevante?: Refuerza el principio de taxatividad y seguridad jurídica. Impide que las autoridades administrativas impongan multas basadas en criterios subjetivos o invasión de facultades federales.
Impacto práctico: Es un precedente directo para impugnar sanciones similares en otros estados de la República.
Recomendación: Identifique procesos administrativos sancionadores en curso en estos municipios y promueva el cese de cobros basados en los artículos 76, 58 y 57 ahora declarados inconstitucionales.
4. Nuevo Modelo de Vivienda FOVISSSTE: Producción Directa y Arrendamiento (Área Seguridad Social)
Se aprobaron los lineamientos del Programa de Vivienda del FOVISSSTE 2025-2030. El organismo ahora tiene la facultad de actuar como constructor directo y administrador de reservas territoriales, enfocándose en derechohabientes con ingresos menores a 4 UMAs.
¿Por qué es relevante?: Introduce el esquema de arrendamiento con opción a compra, permitiendo que las rentas pagadas por el trabajador se abonen al precio final de la vivienda adecuada.
Vigencia: Inicia hoy, 19 de febrero de 2026.
Recomendación: Las constructoras deben revisar las nuevas reglas de inscripción en el Registro de Contratistas del Programa (Capítulo Cuarto) para participar en la meta de las primeras 100,000 viviendas.
Conclusión: Por qué estos cambios importan
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