El DOF publica la NOM-EM-023-SE-2026 para cementos hidráulicos. Revise certificación, etiquetado y calidad antes de su exigibilidad.

La edición del Diario Oficial de la Federación publicada el 2 de noviembre de 2026 contiene disposiciones con efectos inmediatos para empresas reguladas, bancos de sangre, entidades públicas, partidos políticos y personas involucradas en procedimientos judiciales o administrativos. Los riesgos principales se relacionan con plazos de comparecencia, audiencias próximas, actualización de trámites, certificaciones y posibles pérdidas patrimoniales.
Índice de contenidos
1. ASEA modifica trámites y formatos del sector hidrocarburos
Área: administrativa, ambiental y energética
La ASEA simplifica diversos trámites relacionados con pozos, estaciones de servicio y datos de los Regulados. Se eliminan escritos libres en determinados procedimientos, se modifican los formatos FF-ASEA-059, FF-ASEA-060, FF-ASEA-065 y FF-ASEA-023, y desaparecen tres trámites vinculados con informes del Sistema de Administración.
También se precisan los requisitos técnicos para la construcción, conclusión, terminación y taponamiento de pozos.
Impacto: presentar un formato anterior o utilizar un requisito eliminado puede generar prevención, retraso o rechazo del trámite.
Fecha clave: entrada en vigor el siguiente día hábil de la publicación.
Recomendación: revisar inmediatamente los expedientes en preparación, los trámites pendientes y las fichas regulatorias actualizadas de cada instalación o pozo.
2. Nueva NOM de Emergencia para cementos hidráulicos
Área: regulación técnica, construcción y comercio
La NOM-EM-023-SE-2026 establece requisitos de calidad, resistencia, composición, métodos de prueba, certificación e información comercial para cementos hidráulicos fabricados, importados o comercializados en México.
La norma contempla certificación por producto y planta, muestreo, vigilancia, etiquetado, control continuo de calidad y posibles suspensiones o cancelaciones del certificado de conformidad.
Impacto: fabricantes, importadores y comercializadores deberán revisar sus productos, plantas, controles de calidad, etiquetas, facturas, remisiones y certificaciones.
Fecha clave: entra en vigor el día hábil siguiente a la publicación, pero no será exigible hasta que la Secretaría de Economía determine que existen suficientes organismos y laboratorios acreditados y aprobados.
Recomendación: iniciar una auditoría técnica y documental, sin esperar al pronunciamiento de exigibilidad. Deben identificarse los productos que requerirán pruebas, certificación o adecuaciones de información comercial.
3. Nuevas obligaciones para bancos de sangre y fabricantes de hemoderivados
Área: sanitaria y farmacéutica
La Secretaría de Salud emitió lineamientos para la disposición de plasma residual con fines de industrialización y producción de hemoderivados.
Los bancos de sangre deberán contar con licencia sanitaria, responsable sanitario, trazabilidad, opinión técnica favorable del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea y convenio o contrato con el fabricante autorizado.
También se regulan:
Control de calidad.
Hemovigilancia.
Protección de datos.
Consentimiento informado.
Informes mensuales y trimestrales.
Licencias y registros sanitarios.
Buenas Prácticas de Fabricación.
Impacto: el envío de plasma puede suspenderse si se detectan incumplimientos de calidad durante dos meses consecutivos.
Fechas clave:
Entrada en vigor: 30 días hábiles después de la publicación.
Opinión técnica: resolución en hasta 40 días hábiles.
Informe mensual: dentro de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente.
Renovación de convenio: solicitar opinión técnica al menos 60 días hábiles antes de su vencimiento.
Recomendación: integrar desde ahora el expediente sanitario, contractual y técnico, y verificar que el fabricante receptor tenga licencia, registro sanitario y certificado de buenas prácticas vigentes.
4. Baja California deberá controlar recursos e insumos federales de salud
Área: administrativa, presupuestaria y fiscalización pública
El segundo convenio modificatorio entre la Secretaría de Salud y Baja California establece un monto máximo de $239,881,739.14, compuesto por:
$54,466,468.63 en recursos presupuestarios federales.
$185,415,270.51 en insumos federales.
Además, se incorpora información sobre donativos, beneficios adicionales y bienes provenientes del FONSABI por un valor informativo de $453,624,861.80.
Impacto: los recursos presupuestarios, insumos federales, donativos y bienes provenientes de otras fuentes deben controlarse y comprobarse de forma diferenciada.
Fecha clave: el convenio mantiene su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
Recomendación: establecer controles separados de contabilidad, inventarios, distribución, resguardo y comprobación. La inclusión de un bien en el Anexo 6 no lo convierte automáticamente en recurso federal ministrado.
5. Revisión salarial del Contrato Ley de Listones, Elásticos, Encajes, Cintas y Etiquetas
Área: laboral colectiva
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral convocó a una convención obrero patronal para revisar salarialmente el Contrato Ley de esta rama textil.
Fechas clave:
Acreditación de delegados: 26 de noviembre de 2026.
Instalación de la convención: 3 de diciembre de 2026 a las 11:00 horas.
Impacto: la revisión puede afectar salarios, costos laborales y condiciones de aplicación del Contrato Ley.
Recomendación: sindicatos y empleadores deben acreditar representantes, revisar padrones, preparar propuestas salariales y reunir información de nómina y condiciones laborales.
6. Revisión integral del Contrato Ley del Ramo de la Lana
Área: laboral colectiva
Se convocó a una convención para la revisión integral del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de la Lana.
A diferencia de una revisión únicamente salarial, la revisión integral puede abarcar salarios, prestaciones, jornadas, descansos, clasificación profesional y demás condiciones colectivas de trabajo.
Fechas clave:
Acreditación de delegados: 4 de enero de 2027.
Instalación de la convención: 12 de enero de 2027 a las 11:00 horas.
Recomendación: las empresas y organizaciones sindicales deben confirmar su representatividad, preparar propuestas y revisar anticipadamente el impacto económico de una posible modificación integral.
7. El INE mantiene sanciones derivadas de la fiscalización del PRD
Área: electoral y sancionadora
El INE publicó la síntesis de la resolución sobre las irregularidades detectadas en los informes anuales de ingresos y gastos del PRD correspondientes al ejercicio 2024.
Las sanciones incluyen:
Amonestaciones públicas.
Multas.
Reducciones de ministración.
Sanciones a órganos nacionales y comités estatales.
Diversas impugnaciones fueron confirmadas por las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Impacto: las sanciones afectan las prerrogativas partidistas y requieren ajustes presupuestarios y contables.
Recomendación: el PRD y sus órganos estatales deben revisar el detalle de las conclusiones, montos, calendarios de reducción de ministraciones y obligaciones derivadas de las resoluciones confirmadas.
8. Tercero interesado debe comparecer en juicio de amparo
Área: constitucional y procesal
En el juicio de amparo 732/2026 se ordenó emplazar por edictos a un tercero interesado cuyo domicilio es desconocido.
Plazo clave: 30 días contados a partir del día siguiente de la última publicación.
Impacto: si el tercero interesado no comparece, las notificaciones posteriores, incluso las personales, se realizarán por lista.
Recomendación: obtener copia de la demanda, acreditar personalidad e interés jurídico, señalar domicilio procesal y preparar la defensa dentro del plazo.
9. Juicios de extinción de dominio sobre bienes y numerario
Área: penal patrimonial y procesal
Se publicaron diversos edictos relacionados con juicios de extinción de dominio sobre dinero, dólares, vehículos, tractocamiones, inmuebles y embarcaciones.
Los expedientes se vinculan con investigaciones por delitos como:
Operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Posesión o sustracción ilícita de hidrocarburos.
Portación de armas.
Delitos contra la salud.
Delitos contra la biodiversidad.
Robo.
Tráfico de personas.
Plazo clave: 30 días hábiles desde la última publicación o desde el día siguiente, según el expediente.
Impacto: la falta de comparecencia puede dejar al afectado sin oportunidad procesal de acreditar la propiedad, posesión o interés jurídico sobre el bien.
Recomendación: identificar inmediatamente el expediente, obtener copias de la demanda y pruebas, acreditar la titularidad o interés jurídico y formular contestación con las defensas correspondientes.
10. Fiscalía establece plazo de 90 días para bienes asegurados
Área: penal y procesal penal
La Fiscalía Federal en el Estado de México notificó el aseguramiento de numerosos vehículos, motocicletas, inmuebles, tractocamiones, tanques y numerario relacionados con investigaciones penales.
Las personas propietarias o con interés legal deben manifestar lo que corresponda y acreditar sus derechos.
Plazo clave: 90 días naturales siguientes a la publicación.
Impacto: si no se realiza la manifestación dentro del plazo, los bienes pueden causar abandono en favor del Gobierno Federal.
Recomendación: reunir facturas, contratos, títulos de propiedad, registros, poderes y demás documentos que acrediten la titularidad. También debe evitarse cualquier acto de dominio sobre bienes asegurados.
11. Empresas de seguridad privada sancionadas
Área: administrativa sancionadora
Se publicaron sanciones contra dos empresas de seguridad privada.
Una recibió amonestación con difusión pública. La otra recibió:
Amonestación pública.
Multa de 1,000 UMA.
Sanción económica total de $117,310.00.
Las irregularidades incluyeron omisiones en registros de personal, uniformes, fornituras, horarios de atención y constancias de capacitación.
Impacto: la subsanación posterior de las omisiones no impidió la imposición de sanciones.
Recomendación: las empresas sancionadas deben revisar la resolución, valorar las vías de defensa que aún sean procedentes y realizar una auditoría interna de sus registros regulatorios.
12. Terceros interesados emplazados ante el TFJA
Área: fiscal, administrativa, laboral y propiedad intelectual
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa publicó edictos para emplazar a terceros interesados en:
Un juicio de propiedad intelectual.
Un juicio fiscal de Empresas Mayer, S.A. de C.V.
Un juicio relacionado con un posible reparto adicional de utilidades de Abarrotes MLP, S. de R.L. de C.V.
Plazo clave: 30 días hábiles, conforme al cómputo indicado en cada edicto.
Impacto: la falta de comparecencia puede provocar la preclusión de derechos y que las notificaciones posteriores se realicen por boletín jurisdiccional.
Recomendación: obtener copia de la demanda y sus anexos, comparecer, señalar correo electrónico y analizar la posible afectación fiscal, laboral o patrimonial.
13. Audiencias iniciales de la Auditoría Superior de la Federación
Área: responsabilidades administrativas y fiscalización superior
La ASF emplazó por edictos a personas físicas y morales dentro de procedimientos por posibles faltas administrativas graves y actos de particulares vinculados con ellas.
Las conductas señaladas incluyen:
Participación ilícita.
Desvío de recursos públicos.
Utilización de información falsa.
Colusión.
Abuso de funciones.
Fecha clave: 15 de diciembre de 2026, con audiencias programadas entre las 9:00 y las 13:00 horas.
Impacto: la incomparecencia no detiene el procedimiento. Las actuaciones pueden continuar sin la persona emplazada y las notificaciones posteriores pueden realizarse por estrados.
Recomendación: revisar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, acreditar personalidad, designar defensor, preparar pruebas y comparecer en la audiencia inicial.
Conclusión
La edición del DOF del 2 de noviembre de 2026 exige atención inmediata en tres frentes. Primero, los plazos procesales de amparo, extinción de dominio, TFJA y ASF. Segundo, la actualización regulatoria de ASEA, cementos hidráulicos y plasma residual. Tercero, la preparación administrativa, laboral y presupuestaria de los sujetos directamente involucrados.
La prioridad debe establecerse conforme al riesgo: comparecer primero en procedimientos con plazos de 30 días o audiencias ya señaladas; después, actualizar trámites y expedientes regulatorios; finalmente, implementar controles laborales, sanitarios y presupuestarios antes de las fechas de cumplimiento.



