Seguridad Nacional: El Senado autoriza ingreso de Navy SEALs y Alerta Administrativa en Tabasco
El DOF autoriza el ingreso de Navy SEALs a México y abre plazos para el registro de asociaciones. Conozca estas reformas legales y su impacto hoy.
16 feb 2026
Índice de contenidos
1. Autorización de Ingreso de Tropas Extranjeras (Área Constitucional y Seguridad)
Se ha publicado el Decreto por el cual el Senado de la República, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 76, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, autoriza el ingreso de 19 elementos de los Navy SEAL’s de los Estados Unidos de América a territorio nacional.
¿Por qué es relevante?
Este acto formaliza la cooperación militar binacional para el evento "Mejorar la Capacidad de las Fuerzas de Operaciones Especiales". Es un recordatorio del estricto control parlamentario sobre la presencia de personal armado extranjero, fundamental para la seguridad nacional en la región de Campeche.Plazos clave:
Los elementos ingresarán el 15 de febrero de 2026 y permanecerán hasta el 16 de abril de 2026.Recomendación inmediata:
Para empresas o despachos con operaciones en el Sector Naval de Ciudad del Carmen o San Luis Carpizo, es vital considerar el incremento de actividad militar y protocolos de seguridad en la zona durante este periodo.
2. Plazo Preclusivo para Oposición de Registro de Asociación Religiosa (Área Administrativa)
La Secretaría de Gobernación (SEGOB) publicó el extracto de solicitud de registro constitutivo para la agrupación "Hosanna Centro de Fe, Sanidad y Avivamiento", con sede en Nacajuca, Tabasco, conforme a los artículos 6o. y 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
¿Por qué es relevante?
La publicación de este extracto marca el inicio de un término legal para que cualquier tercero que se considere afectado (en sus bienes, nombre o derechos) pueda presentar una oposición formal. El incumplimiento de este plazo genera la pérdida del derecho a impugnar el registro administrativo de la personalidad jurídica.Plazo crítico:
Cualquier interesado cuenta con 20 días hábiles, contados a partir del 16 de febrero de 2026, para presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.Recomendación inmediata:
Revisar si existen clientes o entidades en el estado de Tabasco con derechos de propiedad o nombres similares que pudieran entrar en conflicto con esta nueva asociación para presentar el recurso dentro del tiempo legal.
Conclusión: La importancia de la vigilancia diaria
Las publicaciones de hoy demuestran que el DOF no solo regula leyes generales, sino que activa mecanismos de soberanía y términos procesales que no admiten prórroga. Anticiparse a estos cambios es la única forma de garantizar una defensa legal sólida y una gestión de cumplimiento impecable.
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