Alerta: Inhabilitación de proveedores y nuevas reglas contables para entidades financieras
El DOF publica la inhabilitación de proveedores del sector público y nuevas disposiciones contables para entidades financieras. Cumpla hoy.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) ha publicado diversas disposiciones de cumplimiento obligatorio que impactan la operación de empresas, entidades financieras y profesionales del derecho. A continuación, presento el resumen de los cambios más relevantes y urgentes derivados de la edición de este 7 de julio de 2026.
Índice de contenidos
1. Inhabilitación de Proveedores del Sector Público (Administrativo)
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno ha emitido circulares que comunican la inhabilitación para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos con el sector público a dos empresas específicas:
Impulsora Cordobesa de Alimentos y Servicios, S.A. de C.V. (Sancionada por plazo de 1 año).
ATV de Sahuayo, S.A. de C.V. (Sancionada por plazo de 3 meses).
Relevancia: Esta disposición es de cumplimiento inmediato para toda la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipios, especialmente cuando las contrataciones se realicen con fondos federales.
Impacto Práctico: Las áreas jurídicas y de adquisiciones deben evitar cualquier relación contractual con estas empresas. La omisión de esta medida acarrea sanciones administrativas graves para los servidores públicos involucrados.
2. Nuevas Disposiciones para Entidades Financieras (Financiero/Contable)
Se publicaron resoluciones de la SHCP y la CNBV que modifican las Disposiciones de carácter general aplicables a almacenadoras, casas de cambio, uniones de crédito, SOFOMes, fondos de inversión, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y entidades de ahorro y crédito popular.
Breve descripción: Se estandarizan los formatos para solicitar registros contables especiales y criterios contables especiales ante situaciones de emergencia, desastres naturales o procesos de saneamiento.
Relevancia: Se introducen formatos oficiales (Anexo 35 o Anexo AA, según la entidad).
Impacto Práctico: Se reduce el plazo de respuesta de la autoridad a 60 días hábiles. Esta simplificación administrativa requiere una actualización inmediata de los manuales de cumplimiento de las entidades financieras reguladas para evitar que sus solicitudes sean desestimadas por errores de forma o uso de formatos obsoletos.
3. Suspensión de Labores en el IMPI (Corporativo/Propiedad Industrial)
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) acordó suspender sus labores el 30 de junio de 2026 en sus oficinas centrales.
Plazos clave: Este día es considerado inhábil para efectos legales y administrativos.
Impacto Práctico: Los términos legales para trámites y gestiones ante las oficinas centrales del IMPI no correrán durante esta fecha. Es necesario recalcular los vencimientos en expedientes de marcas, patentes y otros derechos de propiedad industrial.
Conclusión
La edición de hoy del DOF enfatiza la necesidad de un estricto cumplimiento normativo y una actualización constante de los procesos administrativos y legales. Desde la observancia de inhabilitaciones en compras públicas hasta la correcta gestión de trámites financieros ante la CNBV, el seguimiento riguroso de estas modificaciones es vital para la seguridad jurídica de su práctica profesional o de su empresa.



