Reglas para licitaciones de infraestructura y blindaje de liquidez
Analizamos el nuevo decreto de la SHCP para contrataciones de infraestructura estratégica y la reforma de la CNBV que introduce el Coeficiente de Cobertura de Liquidez para entidades de ahorro y crédito.

El DOF publicó hoy actualizaciones legales que impactan directamente a instituciones financieras y entidades gubernamentales.
Índice de contenidos
1. Nuevas directrices para contratación en Infraestructura Estratégica (Área Administrativa)
Se publicó el decreto que establece las directrices de actuación para dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como para el Fondo Nacional de Infraestructura, en los procesos de contratación bajo la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar y su reglamento.
¿Por qué es relevante? (Impacto práctico): Este decreto habilita la ejecución inmediata de proyectos de infraestructura bajo un marco que exige transparencia y publicidad máxima. Obliga a las dependencias a utilizar medios electrónicos y plataformas institucionales, bajo el acompañamiento de sus Órganos Internos de Control.
Fecha clave de implementación: El decreto entra en vigor el 4 de julio de 2026.
Recomendación inmediata: Si tu empresa participa en licitaciones de infraestructura estratégica, es imperativo revisar sus procesos internos de cumplimiento para asegurar total interoperabilidad con las plataformas digitales gubernamentales (Compras MX) exigidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
2. Fortalecimiento del estándar de liquidez (Basilea III) para entidades de ahorro y crédito (Área Financiera)
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha resuelto modificar las disposiciones de carácter general aplicables a instituciones de ahorro y crédito popular, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural. Se introduce el estándar Coeficiente de Cobertura de Liquidez (CCL), alineado con las recomendaciones de Basilea III.
¿Por qué es relevante? (Impacto práctico): Las entidades ahora deben calcular mensualmente su CCL mediante una metodología precisa. El incumplimiento de este coeficiente activa medidas correctivas escalonadas (según niveles de severidad del escenario 2 al 5), que pueden resultar en la suspensión del pago de dividendos y limitaciones operativas severas.
Plazo de implementación: Aunque entra en vigor el 1 de enero de 2028, se establecen obligaciones de reporte gradual y un cronograma de transición. No obstante, las entidades deben iniciar la adecuación de sus sistemas de captación y reporte de forma inmediata para alcanzar los niveles de cumplimiento exigidos para el 2030.
Recomendación inmediata: Los oficiales de cumplimiento y directivos deben realizar un diagnóstico de impacto sobre su posición de activos líquidos elegibles y flujos de salida de efectivo a 30 días, tal como lo estipulan los nuevos Anexos Z, Z Bis y AA publicados.
Conclusión
Las publicaciones de hoy subrayan la importancia de la celeridad en el cumplimiento normativo. Actuar de manera preventiva ante los nuevos mandatos de la CNBV y ajustarse estrictamente a las plataformas de contratación de infraestructura protegerá tanto la operatividad como la integridad legal de las organizaciones.



