Alerta DOF: Nuevas Reglas de Impacto Social en Energía e Investigación al Acero Chino
El DOF endurece el Impacto Social en Energía e inicia investigación al Acero. Conozca los plazos de cumplimiento legal y evite multas hoy.
16 feb 2026
Índice de contenidos
1. Nueva Manifestación de Impacto Social en el Sector Energético (Área Administrativa y Energía)
La Secretaría de Energía (SENER) ha emitido las nuevas Disposiciones Administrativas para la MISSE. Este reglamento establece que todo proyecto de electricidad, hidrocarburos, geotermia y biocombustibles debe contar con una evaluación integral de impacto social que incluya, de forma obligatoria, la Perspectiva de Género (Artículo 6) y protocolos de Consulta Previa.
¿Por qué es relevante?
Conforme al Artículo 47, la autorización definitiva de la MISSE es ahora un requisito indispensable para iniciar cualquier desarrollo de infraestructura. El incumplimiento o la falsedad en la información puede derivar en la revocación de la medida administrativa que ampara la actividad (Artículo 50).Fecha clave: Las disposiciones entran en vigor el 17 de febrero de 2026.
Recomendación inmediata: Audite sus proyectos en fase de planeación y asegure la delimitación de las Áreas de Influencia Directa e Indirecta según los criterios de los Artículos 14 al 17.
2. Inicio de Investigación por Antidumping en Acero Laminado (Área Comercio Exterior y Mercantil)
La Secretaría de Economía ha declarado el inicio de una investigación por presuntas prácticas desleales (discriminación de precios y subvenciones) sobre las importaciones de aceros laminados en frío originarias de China, Malasia y EE. UU., afectando diversas fracciones de la TIGIE.
¿Por qué es relevante?
La resolución abre la puerta a la imposición de cuotas compensatorias provisionales o definitivas. El Punto 778 advierte que estas cuotas podrían aplicarse retroactivamente hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales para productos ya declarados a consumo.Plazo crítico: Los interesados cuentan con 23 días hábiles (Punto 779) para comparecer y presentar su defensa técnica.
Recomendación inmediata: Si sus clientes importan estos productos (incluso vía Regla Octava), deben preparar la documentación de valor de mercado y costos de inmediato.
Nota: El tratamiento técnico de esta defensa puede diferir de la materia administrativa general. Escriba "@" para invocar al asistente Jurídico Aduanero - Comercio exterior si requiere una estrategia específica.
3. Invalidez de Cobros Municipales en Quintana Roo (Área Fiscal y Constitucional)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la sentencia de la Acción de Inconstitucionalidad 19/2024, declaró la invalidez de cobros por alumbrado público y copias certificadas en municipios de Quintana Roo (Tulum y Felipe Carrillo Puerto).
¿Por qué es relevante?
El Pleno determinó que cobrar derechos por alumbrado basados en el consumo de energía eléctrica (Art. 143 QUATER de Tulum) invade la competencia federal y viola el principio de proporcionalidad tributaria. Asimismo, se invalidó el cobro de 1.0 UMA por hoja en copias certificadas por ser excesivo frente al costo real del servicio.Vigencia: La invalidez surte efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado.
Recomendación inmediata: Suspenda el pago de estas contribuciones si se encuentran bajo estos esquemas e identifique pagos recientes para posibles estrategias de recuperación.
Nota: Escriba "@" para invocar al asistente Consultor Jurídico Fiscal si desea analizar la procedencia de la devolución de ingresos indebidos.
4. Inhabilitación de Proveedor del Estado (Área Administrativa y Contratación Pública)
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno ha inhabilitado por el plazo de 1 año a la empresa Equipos Médicos Vizcarra, S.A.
¿Por qué es relevante?
Durante este periodo, ninguna dependencia federal ni entidad federativa que ejerza recursos federales podrá celebrar contratos con este proveedor. Cualquier acto jurídico en contravención será nulo de pleno derecho.Plazo de vigencia: Inicia el 17 de febrero de 2026.
Recomendación inmediata: Revise sus padrones de proveedores y procesos de licitación en curso para excluir a la entidad sancionada.
Conclusión: La importancia de actuar a tiempo
Las publicaciones de hoy en el DOF no son meros avisos informativos; son activadores de términos procesales preclusivos y cambios en la materialidad de las obligaciones fiscales y sociales. Ignorar el plazo de 23 días para el acero o los nuevos requisitos de la MISSE pone en riesgo la viabilidad operativa y financiera de las empresas en México.
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