Anexo 4 aduanero: cambian los precios estimados para textiles desde el 15 de septiembre
El DOF deroga el Anexo 4 de precios estimados para textiles. Revise pedimentos, garantías y valores declarados antes del 15 de septiembre.

La edición del Diario Oficial de la Federación del 14 de septiembre de 2026 contiene disposiciones con efectos inmediatos en materia aduanera, energética, presupuestaria, administrativa, procesal y de competencia económica. Los asuntos prioritarios involucran plazos de defensa, aplicación de subsidios, actualización contractual y cumplimiento regulatorio.
Índice de contenidos
1. Se deroga el Anexo 4 de precios estimados para textiles y confección
La SHCP derogó el Anexo 4 de la resolución que establecía precios estimados para mercancías de los sectores textil y de confección. La medida entra en vigor el 15 de septiembre de 2026, conforme al artículo transitorio único.
El artículo único elimina el anexo, pero no suprime las facultades de valoración, comprobación y fiscalización aduanera previstas, entre otros, en el artículo 144, fracciones XIII y XXXIX, de la Ley Aduanera.
Impacto: Los importadores deben revisar pedimentos, garantías, operaciones en curso y documentación que respalde el valor declarado.
Recomendación: Actualiza los procedimientos aduaneros y verifica que la derogación no se interprete como autorización para declarar valores inferiores o insuficientemente soportados.
2. Inician consultas públicas sobre dos proyectos de NOM de eficiencia energética
La Secretaría de Energía publicó los proyectos:
PROY-NOM-007-ENER-2026: Alumbrado en edificios no residenciales.
PROY-NOM-013-ENER-2026: Alumbrado en vialidades y estacionamientos.
Ambos proyectos se encuentran en consulta pública y todavía no son normas definitivas. El procedimiento se fundamenta, entre otros, en los artículos 35, fracciones I a V, y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
El PROY-NOM-007 impactaría oficinas, escuelas, comercios, hospitales, hoteles, restaurantes, bodegas, talleres y centrales de pasajeros. El PROY-NOM-013 se dirige a sistemas nuevos, ampliaciones y modificaciones de alumbrado en vialidades y estacionamientos.
Fecha clave: Se conceden 60 días naturales para presentar comentarios. El plazo estimado concluye el 13 de noviembre de 2026, sujeto al cómputo oficial.
Recomendación: Desarrolladores, constructores, proyectistas, municipios y empresas de ingeniería deben revisar los proyectos y presentar observaciones técnicas o jurídicas si afectan sus operaciones.
3. Se mantiene abierto el procedimiento de abandono de dos aeronaves
La Agencia Federal de Aviación Civil publicó el tercer aviso respecto de las aeronaves:
Piper PA-31-325, matrícula XB-IBP.
Piper PA-60-601P, matrícula XB-GVS.
El procedimiento se basa en el artículo 77, fracción II, de la Ley de Aviación Civil, que permite declarar el abandono de aeronaves que permanezcan 90 días naturales o más sin cuidado directo o indirecto de su propietario o poseedor.
El último párrafo del artículo 77 prevé que las aeronaves declaradas abandonadas pasarán a propiedad de la Nación.
Fecha clave: El aviso concede hasta 40 días naturales contados desde el primer aviso para presentar objeciones.
Recomendación: Los propietarios, poseedores o personas con interés jurídico deben verificar la fecha del primer aviso y presentar de inmediato las objeciones y pruebas correspondientes.
4. Jalisco recibe más de 6.7 millones de pesos para protección sanitaria
La Secretaría de Salud y COFEPRIS formalizaron un convenio con Jalisco por $6,761,364.00, destinados a:
Protección contra riesgos sanitarios: $4,056,818.00.
Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública: $2,704,546.00.
El convenio se fundamenta en los artículos 17 Bis y 18 de la Ley General de Salud, así como en los artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La Cláusula Segunda exige aplicar los recursos únicamente a los programas autorizados. La Cláusula Tercera regula la verificación y comprobación, mientras que la Cláusula Quinta prohíbe destinar los recursos a conceptos distintos.
Impacto: La falta de comprobación puede provocar suspensión o cancelación de ministraciones, reintegros y responsabilidades fiscalizadoras.
Recomendación: Jalisco debe mantener cuentas específicas, CFDI, estados de cuenta, informes mensuales y expedientes completos de cada gasto.
5. Centla recibe casi 5 millones de pesos para rehabilitar un parque
El convenio específico de SEDATU autoriza $4,998,486.00 para la rehabilitación del Parque Central y centro social Quintín Arauz, en Centla, Tabasco.
La ejecución se sujeta al artículo 134 constitucional, al artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, a la Ley de Obras Públicas, a la Ley de Adquisiciones y a los lineamientos del Programa Territorial para el Bienestar.
La Cláusula Quinta exige el uso de una cuenta bancaria productiva, única y específica. La Cláusula Décima establece obligaciones del Estado como instancia ejecutora. La Cláusula Décima Sexta ordena reintegrar los saldos no devengados dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.
Fechas clave:
Remisión de copia certificada del contrato bancario: 3 días hábiles posteriores a la firma.
Transferencia o ministración de recursos: 5 días hábiles posteriores a su recepción, conforme al convenio.
Puesta en operación: 45 días naturales después de la conclusión y entrega-recepción.
Recomendación: Integrar desde el inicio el expediente técnico, financiero, contractual y de obra.
6. Chiapas recibe subsidio para acciones contra la violencia de género
La Secretaría de las Mujeres asignó a Chiapas $4,716,414.55 para el proyecto MUJERES/AVGM/CHIS/2026, con una coparticipación estatal de $378,560.00.
El proyecto comprende acciones de:
Atención jurídica, psicológica, médica y de trabajo social.
Prevención comunitaria y educativa.
Capacitación policial.
Fortalecimiento de BANAVIM.
Capacitación de personal ministerial y de investigación.
La Cláusula Quinta obliga a iniciar las acciones dentro de los 15 días naturales siguientes al depósito y a devengar los recursos a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
La Cláusula Décima Primera regula el reintegro de remanentes. La Cláusula Décima Tercera prevé cancelación del proyecto, restitución total de recursos y vista a órganos fiscalizadores en caso de incumplimiento.
Fecha clave: El acta de cierre debe presentarse a más tardar el 15 de enero de 2027.
Recomendación: Implementar controles de gasto, informes, protección de datos, registro en BANAVIM y evidencia documental desde el inicio del proyecto.
7. Inicia investigación de competencia económica en el fútbol profesional
La Comisión Nacional Antimonopolio inició la investigación de oficio IO-001-2026 sobre el mercado de:
Afiliación, organización y acceso a competiciones de fútbol profesional federado en México y servicios relacionados.
La investigación se fundamenta en los artículos 52, 54, 56, fracción XI, 71, 78, 79 y 80 de la Ley Federal de Competencia Económica.
El aviso aclara que todavía no existe una determinación de responsabilidad, mercado relevante o sujetos responsables.
Impacto: Clubes, ligas, organizadores, plataformas y agentes económicos relacionados pueden ser requeridos para entregar información o comparecer.
Recomendación: Conserva contratos, reglas de afiliación, acuerdos de exclusividad, políticas de acceso, comunicaciones y documentos comerciales relacionados con el mercado investigado.
Plazo: La investigación puede durar inicialmente entre 30 y 120 días hábiles, con posibilidad de ampliación conforme al artículo 71 de la LFCE.
8. Cambia la integración provisional de Tribunales Agrarios
El Acuerdo General 18/2026 adiciona la fracción XV al artículo 2, nuevos párrafos al artículo 10, el artículo 157 Bis y el artículo 197 del Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios.
El nuevo artículo 157 Bis permite que una persona servidora pública habilitada:
Sustancie procedimientos.
Presida audiencias.
Emita sentencias.
Dicte resoluciones.
La habilitación es excepcional, provisional y no constituye nombramiento como magistratura numeraria.
Fecha clave: Entra en vigor el 15 de septiembre de 2026, conforme al artículo transitorio segundo.
Impacto: Las partes en juicios agrarios deben identificar quién ejerce válidamente la titularidad provisional del Tribunal Unitario correspondiente.
Recomendación: Revisar acuerdos de habilitación, competencia del órgano y firma de resoluciones en expedientes ubicados en tribunales con vacancias.
9. Se activan plazos procesales en edictos judiciales y administrativos
La edición contiene diversos edictos con plazos que pueden afectar derechos procesales:
Amparo penal 157/2026
El tercero interesado tiene 30 días hábiles desde la última publicación para comparecer. La falta de comparecencia produce preclusión.
Fundamento citado: artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, artículo 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Declaración especial de ausencia 52/2026
Las personas interesadas deben dar seguimiento a las publicaciones y comparecer ante el Juzgado Segundo de Distrito en Nayarit.
Nulidad marcaria ante el IMPI
La persona notificada cuenta con un mes desde el día hábil siguiente a la publicación para contestar la solicitud de nulidad.
Fundamento: artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Juicio de propiedad intelectual ante el TFJA
La tercera interesada tiene 30 días desde el día hábil siguiente a la última publicación para comparecer.
Fundamento: artículos 14 y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles y artículo 65 de la LFPCA.
Recomendación: Verifica la fecha de la primera o última publicación, según corresponda, antes de calcular el vencimiento.
10. Se actualizan tarifas máximas de transporte de gas natural
Se publican nuevas tarifas para los sistemas:
San Juan de los Lagos.
Soyaniquilpan.
Ramal Villa de Reyes.
Las tarifas se publican conforme a la disposición 21.1 de la Directiva DIR-GAS-001-2007 y entrarán en vigor cinco días hábiles después de la publicación.
Impacto: Los usuarios y permisionarios deben actualizar:
Contratos de transporte.
Facturación.
Cargos por capacidad.
Cargos por uso.
Servicio interrumpible.
Modelos de costos y conciliaciones.
Recomendación: Confirmar la fecha efectiva de entrada en vigor y ajustar los sistemas comerciales antes de la primera facturación afectada.
Conclusión
Las prioridades inmediatas son la derogación del Anexo 4 aduanero, la revisión de los subsidios federales, el seguimiento de la investigación de competencia económica, la actualización de tarifas de gas natural y la atención de los plazos procesales derivados de edictos. Los proyectos de NOM todavía no son obligatorios, pero sus periodos de consulta requieren revisión y, en su caso, presentación oportuna de comentarios antes del 13 de noviembre de 2026.



