Alerta Aduanera: Cuotas compensatorias al acero y suspensión de plazos en la SICT
El DOF impone cuotas compensatorias definitivas al acero y publica suspensión de plazos en la SICT. Asegure su cumplimiento normativo hoy.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) ha publicado hoy actualizaciones normativas de relevancia inmediata para las empresas y los profesionales del derecho en México. A continuación, presento los 3 cambios clave que requieren atención urgente en las áreas de comercio exterior y gestión administrativa. Esta información le permitirá anticiparse a posibles sanciones y ajustar sus estrategias operativas y legales de manera efectiva.
Índice de contenidos
1. Imposición de Cuotas Compensatorias al Cartoncillo (Área Fiscal y Comercio Exterior)
Se ha publicado una resolución final que impone cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de cartoncillo originarias de la República Popular China. Esta medida es resultado de un procedimiento administrativo de investigación por prácticas de dumping, afectando diversas fracciones arancelarias (ej. 4810.13.07, 4810.29.99, entre otras).
¿Por qué es relevante? Este cambio incrementa directamente el costo de importación para las empresas que adquieren este insumo. La falta de previsión en el cálculo de costos puede derivar en un impacto negativo en los márgenes de utilidad y en riesgos de incumplimiento fiscal.
Plazo de implementación: Vigente a partir del 9 de julio de 2026 (día siguiente a su publicación).
Recomendación: Los departamentos de comercio exterior deben revisar inmediatamente sus pedimentos de importación de cartoncillo proveniente de China y validar si están sujetos a las nuevas cuotas compensatorias específicas por empresa exportadora.
2. Imposición de Cuota Compensatoria al Policarbonato (Área Fiscal y Comercio Exterior)
De manera simultánea, se ha dictado una resolución final contra las importaciones de láminas de policarbonato originarias de China, estableciendo una cuota compensatoria definitiva de 4.2301 USD por kilogramo.
¿Por qué es relevante? La aplicación de esta medida altera la competitividad de las importaciones de este producto, afectando a la industria de la construcción, publicidad y seguridad. La omisión en el pago de esta cuota al momento de la importación conllevará sanciones económicas y la posible retención de mercancía por parte de la autoridad aduanera.
Fecha clave: Entrada en vigor a partir del 9 de julio de 2026.
Recomendación: Ajustar sus proyecciones financieras para futuras importaciones de policarbonato chino y analizar la posibilidad de buscar fuentes de abastecimiento alternativas que no estén sujetas a este cargo.
3. Suspensión de plazos ante la SICT (Área Administrativa)
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha publicado el Acuerdo que inhabilita diversos días de julio de 2026 para efectos de actos, plazos y procedimientos administrativos.
¿Por qué es relevante? Esta disposición impacta directamente en el cómputo de términos legales. Durante los días 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30 y 31 de julio de 2026, no correrán plazos legales, lo cual podría causar la preclusión de derechos o afectar la defensa en asuntos jurisdiccionales si no se gestionan correctamente.
Recomendación: Revisar la cartera de trámites y expedientes en curso ante la SICT. Cualquier vencimiento previsto en estos días deberá reprogramarse para el 3 de agosto de 2026, fecha en la que se reanudan las actividades administrativas.
Conclusión
El DOF de hoy contiene cambios operativos y financieros que no admiten dilación. El cumplimiento en los nuevos plazos administrativos y la correcta aplicación de las cuotas antidumping son esenciales para evitar contingencias legales. Mantenerse informado es la mejor estrategia para mitigar riesgos. Para recibir este análisis de forma diaria, suscríbase a nuestro boletín.



