La CNE inicia la caducidad de 132 permisos de gas y petrolíferos. Los titulares tienen 15 días para presentar pruebas y evitar perder su autorización.

El Diario Oficial de la Federación publicó disposiciones con efectos inmediatos en materia energética, de telecomunicaciones, contratación pública, seguridad, responsabilidades administrativas y concesiones portuarias. Los siguientes asuntos requieren revisión prioritaria porque contienen plazos procesales, obligaciones de cumplimiento o consecuencias económicas y jurídicas directas.
Índice de contenidos
1. La Comisión Nacional de Energía inicia la caducidad de 132 permisos
Área: Energética y administrativa
La Comisión Nacional de Energía inició procedimientos administrativos de caducidad contra los titulares de 132 permisos de comercialización de gas natural, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petroquímicos.
La presunta causa consiste en no haber ejercido los derechos derivados de los permisos durante 365 días naturales consecutivos, específicamente del 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026.
Impacto: La caducidad podría provocar la pérdida del permiso y afectar la continuidad de las actividades reguladas.
Plazos clave:
15 días hábiles para formular manifestaciones y ofrecer pruebas.
5 días hábiles adicionales para presentar alegatos.
El cómputo depende de la notificación electrónica y del calendario de días inhábiles aplicable.
Recomendación inmediata: Verificar si el permiso aparece en el listado publicado, revisar la Oficialía de Partes Electrónica de la Comisión y reunir contratos, facturas, reportes de operaciones, controles volumétricos y demás evidencia de actividad.
2. Grupo IMASA enfrenta restricciones para contratar obras públicas
Área: Contratación pública y obras públicas
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno comunicó que las dependencias y entidades públicas deben abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos de obras públicas y servicios relacionados con Grupo IMASA, S.A. de C.V., directamente o por interpósita persona.
Aunque el plazo de inhabilitación de tres meses ya se habría cumplido materialmente, el registro de la sanción permanece mientras no se acredite el pago de la multa.
Impacto: La participación de la empresa en procedimientos de contratación puede generar riesgos para la empresa y para la autoridad convocante.
Fecha clave: La circular produce efectos a partir del día siguiente de su publicación en el DOF y en el directorio correspondiente.
Recomendación inmediata: Las áreas contratantes deben consultar Compras MX y el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados antes de evaluar propuestas o formalizar contratos.
3. Entra en operación el Centro de Atención a Denuncias por Extorsión
Área: Penal, seguridad pública y telecomunicaciones
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana estableció el Centro de Atención a Denuncias por el Delito de Extorsión, conocido como CADDE.
El Centro recibirá, registrará, canalizará y dará seguimiento a denuncias recibidas a través del número 089, plataformas digitales y otros mecanismos habilitados. También podrá analizar números telefónicos, cuentas, perfiles, patrones y modalidades de extorsión.
Impacto: El CADDE podrá coordinar solicitudes de bloqueo de IMSI e IMEI y gestionar la suspensión inmediata de servicios de telefonía móvil cuando resulte jurídicamente procedente.
Vigencia: El acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Recomendación inmediata: Los concesionarios de telecomunicaciones, plataformas digitales y proveedores relacionados deben actualizar sus protocolos para recibir, validar y atender requerimientos de autoridad, así como reforzar sus controles de protección de datos personales.
4. Se designa a la autoridad que gestionará requerimientos de telecomunicaciones
Área: Telecomunicaciones y seguridad pública
La persona titular de la Unidad de Antisecuestro y Antiextorsión quedó designada para gestionar requerimientos dirigidos a concesionarios de telecomunicaciones, autorizados y proveedores de aplicaciones y contenidos digitales.
También podrá suscribir convenios de coordinación e intercambio de información con autoridades y particulares respecto de líneas, números o servicios presuntamente utilizados en delitos de extorsión.
Impacto: Las empresas del sector deberán contar con mecanismos para identificar la autoridad requirente, validar la competencia y responder dentro de los términos aplicables.
Vigencia: El acuerdo entra en vigor el mismo día de su publicación.
Recomendación inmediata: Revisar matrices internas de autoridad competente, canales de recepción, controles de trazabilidad y procedimientos para conservar la información entregada.
5. La SCJN invalida cobros municipales por antenas y mástiles
Área: Constitucional, fiscal municipal y telecomunicaciones
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválido el cobro anual previsto en la Ley de Ingresos del Municipio de Zirándaro, Guerrero, por la instalación de antenas y mástiles para telefonía y medios de comunicación.
El Pleno determinó que la regulación y el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones corresponden al ámbito federal. Por ello, los municipios no pueden establecer derechos específicos o recurrentes que condicionen la instalación o permanencia de dicha infraestructura.
Impacto: El criterio puede afectar leyes de ingresos municipales que contemplen cobros similares por antenas, torres, mástiles o infraestructura de telecomunicaciones.
Efectos: La invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Guerrero.
Recomendación inmediata:
Los municipios deben revisar sus leyes de ingresos y reglamentos.
Los operadores deben identificar cobros o permisos municipales específicos.
Las empresas afectadas deben analizar los actos de aplicación y las vías de defensa disponibles.
Debe distinguirse entre una licencia general de construcción y un cobro específicamente dirigido a infraestructura de telecomunicaciones.
6. ASIPONA Guaymas debe cumplir obligaciones derivadas de la ampliación de su concesión
Área: Portuaria, administrativa y bienes nacionales
La Secretaría de Marina modificó la concesión integral de la Administración del Sistema Portuario Nacional Guaymas, incorporando más de 23 millones de metros cuadrados de superficies marítimas y terrestres, incluyendo canales, zonas de fondeo, bahías y áreas previamente concesionadas.
También se desincorporaron 88,185.0917 metros cuadrados del Astillero de Marina.
Impacto: La ampliación modifica el ámbito territorial, operativo, financiero y registral de la concesión portuaria.
Plazos clave:
90 días naturales para modificar programas portuarios y reglas de operación.
90 días naturales para acreditar inscripciones registrales.
90 días naturales para publicar el instrumento a costa de la concesionaria.
Recomendación inmediata: Integrar una matriz de obligaciones con responsables, fechas de vencimiento, documentos probatorios y autoridades receptoras. También deben ajustarse seguros, garantías, contraprestaciones y contratos relacionados.
7. Se publican las tarifas de suministro básico de CFE
Área: Energética y financiera
La Comisión Nacional de Energía publicó las tarifas finales que la CFE debe aplicar a sus usuarios a partir del 1 de octubre de 2026.
El factor de ajuste de los cargos de generación respecto del mes anterior es de 0.00 %. Las tarifas se presentan por división y categoría tarifaria e incluyen cargos de transmisión, distribución, operación, energía y capacidad.
Impacto: Las tarifas inciden directamente en la facturación y en los costos operativos de empresas y usuarios del suministro básico.
Fecha de aplicación: 1 de octubre de 2026.
Recomendación inmediata: Revisar la categoría tarifaria, comparar consumos y facturación, validar cargos aplicados y documentar cualquier diferencia que pudiera justificar una aclaración o impugnación.
8. Se emplaza a audiencia inicial por presunta falta administrativa grave
Área: Responsabilidades administrativas
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno citó a audiencia inicial a Silverio Gerardo Tovar Larrea, exdirector de Crédito, Finanzas y Administración del FIFOMI.
Se le atribuye presunto abuso de funciones por ordenar unilateralmente la suspensión y posterior reactivación de una línea global de descuento, sin autorización del Comité Interno de Crédito y sin que se actualizaran las condiciones contractuales correspondientes.
Impacto: El procedimiento puede derivar en sanciones por una presunta falta administrativa grave.
Recomendación inmediata: La persona emplazada debe revisar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, consultar el expediente, preparar su declaración, integrar pruebas documentales y acudir asistida por defensa especializada.
La audiencia inicial es la etapa procesal para declarar y ofrecer pruebas. La falta de comparecencia injustificada puede provocar la pérdida de esas oportunidades procesales.
9. Atención prioritaria para personas emplazadas por edictos
Área: Procesal
El DOF contiene diversos edictos en juicios de amparo, procedimientos laborales, civiles, mercantiles, penales, agrarios, de extinción de dominio y contencioso-administrativos.
Los plazos establecidos varían entre 15 y 30 días, hábiles o naturales, según el procedimiento.
Impacto: La falta de comparecencia puede provocar:
Notificaciones por lista, estrados o boletín jurisdiccional.
Preclusión del derecho para contestar.
Pérdida del derecho para ofrecer pruebas.
Declaración de rebeldía.
Continuación del procedimiento sin la persona interesada.
Recomendación inmediata: Las personas identificadas en los edictos deben revisar el número de expediente, la fecha de cada publicación y el plazo específico señalado por el órgano jurisdiccional.
10. Extinción de dominio sobre inmueble en Oaxaca
Área: Penal patrimonial y procesal
Se publicó un edicto relacionado con un procedimiento especial de extinción de dominio respecto de un inmueble ubicado en Santa María Colotepec, Oaxaca, presuntamente relacionado con narcomenudeo.
Cualquier persona que considere tener derechos sobre el inmueble cuenta con 30 días hábiles posteriores a la última publicación para comparecer, contestar la demanda y ofrecer pruebas.
Impacto: La falta de comparecencia puede provocar la pérdida de oportunidades procesales respecto del inmueble.
Recomendación inmediata: Los posibles titulares, poseedores, acreedores o personas afectadas deben acreditar su interés jurídico, reunir títulos, contratos, constancias registrales y demás documentos relacionados con el inmueble.
Conclusión
El DOF del 27 de octubre de 2026 contiene disposiciones que requieren actuación inmediata, especialmente para permisionarios energéticos, empresas de telecomunicaciones, contratistas públicos, operadores portuarios y personas emplazadas en procedimientos judiciales o administrativos.



