Transparencia proactiva: Nuevas obligaciones mensuales para dependencias y empresas públicas
El DOF publica el decreto de transparencia proactiva. Dependencias y empresas públicas deberán actualizar contratos y estados financieros mensualmente.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó hoy un decreto que establece nuevas obligaciones de transparencia proactiva para los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal. Este cambio impacta directamente las operaciones de dependencias, así como de empresas públicas como PEMEX y CFE, exigiendo un cumplimiento más riguroso en la rendición de cuentas.
Índice de contenidos
1. Actualización Mensual de Contratos (Área Administrativa y Fiscal)
El decreto instruye a los sujetos obligados a actualizar mensualmente, en el Portal de Obligaciones de Transparencia, la información relativa a los contratos suscritos, incluyendo sus convenios modificatorios.
¿Por qué es relevante? Esta medida reduce el margen de tiempo para la publicación de actos de contratación, pasando a un esquema de actualización mensual obligatoria para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos.
Plazo de implementación: La actualización deberá realizarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la conclusión de cada mes, respecto de la información generada en el mes inmediato anterior.
Recomendación: Ajustar los procesos de gestión administrativa y jurídica para asegurar la carga oportuna de expedientes y contratos en la Plataforma Nacional de Transparencia.
2. Transparencia en Empresas Públicas y Filiales (Área Corporativa y Energética)
Se impone la obligación de publicar de manera proactiva información detallada sobre las empresas filiales de las empresas públicas del Estado. Esto incluye estados financieros, informes de situación financiera, administrativa, operativa y jurídica, así como actas constitutivas y datos de gobierno corporativo.
¿Por qué es relevante? Se busca combatir la corrupción mediante la visibilidad total de las operaciones de filiales, un sector históricamente opaco. El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones bajo el régimen de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP).
Plazo de implementación: Los sujetos obligados deberán publicar esta información dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquel en que "Transparencia para el Pueblo" ponga a disposición los criterios técnicos y formatos específicos.
Recomendación: Preparar la documentación corporativa y financiera de las filiales para cumplir con los estándares de transparencia exigidos en el Artículo Tercero del decreto.
Conclusión
Las reformas publicadas hoy no solo incrementan la carga operativa, sino que representan un cambio estructural en cómo el Ejecutivo Federal debe transparentar sus actividades. Es fundamental que las áreas jurídicas y de transparencia tomen medidas preventivas inmediatas para evitar posibles sanciones derivadas de la omisión en estas nuevas obligaciones.



