Suspensión de labores en Yucatán: Impacto en plazos del TFJA y PRODECON
El DOF publica la suspensión de labores en el TFJA y PRODECON en Yucatán. Ajuste sus plazos procesales y evite la preclusión de derechos.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el 10 de junio de 2026 una serie de acuerdos que afectan directamente la operación jurisdiccional y administrativa en el estado de Yucatán. Debido a causas de fuerza mayor originadas por lluvias extraordinarias, se ha decretado la suspensión de labores en instancias fundamentales para abogados y contribuyentes.
Índice de contenidos
1. Suspensión de actividades en el TFJA (Sala Regional en Yucatán)
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, a través del acuerdo SRYUC/02/2026, ha oficializado la suspensión de labores para su Sala Regional en Yucatán correspondiente al día 2 de junio de 2026.
Alcance: Durante este periodo, no corren los términos y plazos procesales previstos en la normativa que regula el procedimiento contencioso administrativo federal.
Impacto práctico: Esta medida protege a los litigantes, evitando que la inactividad por causas climáticas afecte el cómputo de términos para la presentación de demandas, pruebas o desahogo de requerimientos ante el Tribunal.
Recomendación: Si usted cuenta con juicios radicados en esta Sala, asegúrese de ajustar sus calendarios de cumplimiento y dar seguimiento a las promociones presentadas durante el periodo previo, ya que los plazos se reanudarán una vez concluida la suspensión.
2. Día inhábil en PRODECON (Delegación Yucatán)
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente emitió el Acuerdo General 003/2026, mediante el cual se declara inhábil el día 2 de junio de 2026 para su Delegación en Yucatán, debido a las condiciones meteorológicas adversas.
Alcance: Se suspenden los servicios de orientación, asesoría, representación legal y atención de quejas en esta delegación específica.
Impacto práctico: Los contribuyentes con trámites en proceso o que requieran la presentación urgente de quejas deberán reprogramar sus actividades presenciales. La suspensión formal evita la caducidad o preclusión de procedimientos administrativos ante esta autoridad.
Recomendación: Verifique si sus citas o plazos quedaron afectados por esta disposición y contacte a la Delegación para confirmar la reanudación de actividades o la gestión de trámites vía remota si el sistema lo permite.
Conclusión
Las publicaciones de hoy subrayan la importancia de monitorear diariamente el DOF para identificar suspensiones por causas de fuerza mayor. Estas medidas, aunque técnicas, son vitales para la seguridad jurídica de los profesionales y contribuyentes, ya que la correcta interpretación de estos días inhábiles es determinante para evitar la pérdida de derechos procesales.


