Reforma al Reglamento de la SCJN: Nueva estructura administrativa y atribuciones
El DOF publica reformas al Reglamento Orgánico de la SCJN. Conozca la nueva distribución de atribuciones y los cambios en la gestión administrativa.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó recientemente una reforma al Reglamento Orgánico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estos ajustes responden a los principios de austeridad, racionalidad y eficiencia administrativa, impactando la estructura interna del máximo tribunal. A continuación, se detallan los cambios relevantes que los profesionales del derecho deben considerar en sus interacciones con las áreas administrativas de la Corte.
Índice de contenidos
1. Redistribución de Atribuciones Administrativas (Derecho Administrativo)
La reforma deroga la fracción IV del Apartado B del Artículo 3o. y el Artículo 17, eliminando la Dirección General de Enlace con los Poderes Federales. Sus funciones han sido redistribuidas principalmente entre la Secretaría General de la Presidencia, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Derechos Humanos y Justicia Pluricultural.
¿Por qué es relevante? (Impacto práctico): Los profesionales que gestionaban enlaces institucionales o convenios con la Corte deberán actualizar sus registros y dirigir sus solicitudes a las áreas que han asumido estas facultades (ver reformas a los Artículos 13, 15 y 18).
Plazo de implementación: La adecuación de estructuras y manuales administrativos debe concluir en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir del 5 de agosto de 2026.
Recomendación inmediata: Verifique si sus expedientes o convenios en trámite ante la Dirección General de Enlace deben ser reencaminados a las nuevas áreas competentes.
2. Fortalecimiento del Trámite de Controversias (Derecho Constitucional)
Se reforman las facultades de la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad (Artículo 12). Ahora, esta área cuenta con atribuciones más precisas para el seguimiento eficaz del cumplimiento de sentencias, conforme al Artículo 17 Constitucional.
¿Por qué es relevante? (Impacto práctico): Se busca mayor celeridad y control en la ejecución de las resoluciones de la Corte, otorgando facultades a las personas directoras de área y secretarias auxiliares para realizar certificaciones de plazos de manera más ágil.
Recomendación inmediata: Manténgase atento a las notificaciones provenientes de esta Sección, ya que las nuevas facultades de seguimiento administrativo podrían impactar los tiempos de gestión de cumplimiento.
3. Conclusión
Aunque esta reforma tiene un carácter eminentemente administrativo y de eficiencia interna, su correcta comprensión es vital para asegurar una comunicación fluida con los órganos de la SCJN. Anticipar estos cambios en la gestión de sus asuntos permite evitar retrasos innecesarios en la interlocución con el Tribunal Constitucional. Para recibir análisis diarios sobre las publicaciones del DOF y su impacto en su ejercicio profesional, le invitamos a seguir nuestras actualizaciones constantes.



