SCJN invalida cobros municipales en Chihuahua y nuevas resoluciones de fiscalización del INE
El DOF publica la invalidez de cobros municipales en Chihuahua y resoluciones del INE sobre fiscalización electoral. Asegure su cumplimiento hoy.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) ha publicado hoy resoluciones legales de alto impacto para la seguridad jurídica y la operación electoral. A continuación, presentamos los 2 cambios más relevantes que requieren atención inmediata en el ámbito constitucional y electoral. La presente información es esencial para ajustar estrategias legales y evitar posibles sanciones.
Índice de contenidos
1. Invalidez de Acuerdos Estatales sobre Inspección Ganadera (Área: Constitucional)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la Controversia Constitucional 374/2024, declaró la invalidez total del Acuerdo 156/2024 del Estado de Chihuahua. La Corte determinó que dicho acuerdo -que intentaba regular la movilización e inspección de ganado- invadía competencias exclusivas de la Federación en materia de sanidad animal y salubridad general, además de contravenir lo dispuesto en el artículo 117, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prohíbe restricciones indirectas al libre tránsito de mercancías.
Impacto práctico: Este precedente invalida la facultad de los Estados para crear sistemas autónomos de verificación o exigir requisitos documentales adicionales a los establecidos por la autoridad federal (SENASICA).
Recomendación: Los despachos y asesores de empresas del sector agropecuario deben revisar los marcos normativos locales vigentes en sus entidades. Toda regulación estatal que pretenda establecer puntos de revisión o documentación no prevista en la Ley Federal equivalente debe ser cuestionada bajo este nuevo precedente de la SCJN.
2. Conminación al Partido Movimiento Ciudadano sobre Documentos Básicos (Área: Electoral)
Mediante el Acuerdo INE/CG352/2026, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) conmina al partido Movimiento Ciudadano a modificar su Declaración de Principios y sus Estatutos. Esta adecuación es obligatoria para garantizar el cumplimiento pleno de las disposiciones en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) y Paridad Sustantiva, conforme a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Impacto práctico: La falta de armonización en los documentos básicos de un partido político puede comprometer la validez de los registros de candidaturas en futuros procesos locales y federales.
Fecha clave: El partido tiene como plazo fatal el 17 de agosto de 2026 para aprobar y comunicar las adecuaciones a su normativa interna ante el INE.
Recomendación: Es indispensable dar seguimiento a este proceso, ya que la adecuación estatutaria es un requisito previo para la operatividad de los mecanismos de prevención y sanción de violencia política.
Conclusión: ¿Por qué estos cambios importan?
Estas publicaciones representan un ejercicio estricto de la autoridad federal para salvaguardar el orden constitucional y normativo. Mientras que en el ámbito constitucional se protege la distribución de competencias frente a invasiones estatales, en el ámbito electoral se garantiza el cumplimiento de los estándares de derechos humanos y paridad. Ignorar estas disposiciones puede resultar en litigios innecesarios o sanciones administrativas graves.



