Estímulos Fiscales al IEPS: Nuevas cuotas vigentes del 13 al 19 de junio de 2026
La SHCP publica nuevos estímulos fiscales al IEPS para gasolinas y diésel. Ajuste su facturación y contabilidad con las cuotas vigentes esta semana.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó hoy un conjunto de acuerdos que impactan directamente a los contribuyentes del sector de hidrocarburos y empresas de transporte. A continuación, se presentan los cambios que requieren atención inmediata en el área fiscal. Esta información es fundamental para ajustar los cálculos de costos y cumplimiento normativo de manera efectiva.
Índice de contenidos
1. Actualización Semanal de Estímulos Fiscales al IEPS (Área Fiscal)
Se han publicado los nuevos porcentajes, montos del estímulo fiscal y cuotas disminuidas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) aplicables a los combustibles automotrices. Esta actualización regula los estímulos para la gasolina menor a 91 octanos, gasolina mayor o igual a 91 octanos y diésel, fundamentado en los Artículos Primero, Segundo y Tercero de los decretos emitidos, incluyendo las modificaciones aplicables a las disposiciones de diciembre de 2016 y marzo de 2022.
Impacto práctico: Los cambios en estos estímulos modifican directamente la carga tributaria y el precio final de los combustibles. Los encargados de la contabilidad fiscal y operaciones logísticas deben aplicar las nuevas cuotas para evitar errores en la determinación del impuesto.
Vigencia: A partir del 13 al 19 de junio de 2026.
Recomendación: Actualice sus sistemas de facturación y cálculo de costos operativos con los montos publicados en el Acuerdo 89/2026 para asegurar el cumplimiento correcto.
2. Ajustes en Estímulos Fronterizos (Área Fiscal)
Fueron dados a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Estados Unidos (Acuerdo 90/2026) y en la región fronteriza con Guatemala (Acuerdo 91/2026). Estos estímulos se determinan conforme a los artículos Segundo y Quinto para la frontera norte, y Primero y Tercero para la frontera sur, dependiendo del decreto aplicable.
Impacto práctico: Estas disposiciones buscan mantener la competitividad respecto a los precios de mercado en los países vecinos. Las empresas que comercializan combustibles en estas franjas geográficas deben ajustar sus precios bajo el nuevo esquema de estímulos diferenciados por zona y distancia.
Vigencia: A partir del 13 al 19 de junio de 2026.
Recomendación: Verifique la zona geográfica específica y la distancia a la línea divisoria internacional de sus puntos de venta para aplicar el estímulo correcto conforme a las tablas publicadas en los acuerdos mencionados.
Conclusión
Las disposiciones publicadas este 12 de junio en el DOF son de cumplimiento obligatorio y con efectos inmediatos para la próxima semana operativa. La correcta gestión de estos estímulos es crítica para evitar sanciones fiscales y optimizar la carga tributaria en el sector de combustibles. Recuerde que el monitoreo constante es clave tanto para la operación diaria como para la estrategia fiscal a largo plazo.


