Artículo 69-B: cómo revisar a tus proveedores con IA
Aprende a revisar proveedores frente al artículo 69-B del CFF y a organizar la evidencia de tus operaciones con IA.

El riesgo no termina cuando recibes una factura
Una empresa puede recibir un CFDI, registrarlo en su contabilidad y efectuar el pago correspondiente. Sin embargo, todavía necesita evaluar si la operación está respaldada por evidencia suficiente y si el proveedor presenta señales de riesgo fiscal.
La revisión de proveedores puede apoyarse en Help AI, una plataforma que integra distintos modelos de inteligencia artificial y agentes personalizados para temas específicos del entorno mexicano. Esto permite analizar la información con mayor contexto y evitar que la consulta se limite a una búsqueda aislada del RFC en un listado público.
El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación regula la presunción de inexistencia de operaciones cuando la autoridad detecta que un contribuyente no cuenta con activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar servicios, producir, comercializar o entregar los bienes amparados en sus comprobantes.
También contempla el supuesto de contribuyentes no localizados. En esos casos, la autoridad puede notificar la presunción mediante el buzón tributario, su página de Internet y el Diario Oficial de la Federación
Por esta razón, la revisión de proveedores debe formar parte del control fiscal preventivo.
Índice de contenidos
¿Qué significa revisar a un proveedor?
No se trata únicamente de consultar si el RFC aparece en una lista. Una revisión adecuada debe analizar tres dimensiones:
Situación pública del proveedor.
Capacidad para realizar la operación.
Evidencia de que la empresa recibió el bien o servicio.
La consulta de listados puede identificar una alerta, pero no resuelve por sí misma la situación jurídica del contribuyente.
El análisis debe responder:
¿El proveedor está localizado?
¿Tiene relación con la actividad contratada?
¿La empresa recibió efectivamente el bien o servicio?
¿Existe contrato?
¿Hay evidencia de ejecución?
¿El pago fue realizado al proveedor?
¿El monto es coherente con la operación?
¿La documentación se conserva?
Paso uno: clasificar a los proveedores
No todos los proveedores requieren el mismo nivel de revisión. Una empresa puede clasificarlos según el impacto de sus operaciones:
Tipo de proveedor | Riesgo inicial | Revisión sugerida |
|---|---|---|
Servicios recurrentes de alto monto | Alto | Expediente completo |
Proveedor nuevo | Medio | Validación inicial |
Compra ocasional de bajo monto | Bajo | Revisión documental básica |
Operación con partes relacionadas | Alto | Análisis reforzado |
Proveedor de servicios intangibles | Medio/alto | Entregables y evidencia operativa |
La clasificación debe considerar monto, frecuencia, tipo de servicio, dependencia operativa y relación con partes vinculadas.
Paso dos: revisar la información disponible
Una política de debida diligencia puede incluir:
Constancia de Situación Fiscal.
Opinión de cumplimiento.
Identificación del representante.
Domicilio.
Contrato.
Cotización.
Datos bancarios.
Capacidad operativa.
Personal o subcontratación.
Entregables.
CFDI.
Evidencia de pago.
La finalidad no es exigir documentos innecesarios, sino conservar aquellos que expliquen la operación y permitan demostrar que fue efectivamente realizada.
Paso tres: consultar los listados del SAT
El SAT mantiene un apartado de contribuyentes publicados con información relacionada con los artículos 69 y 69-B del CFF
En la sección correspondiente al artículo 69-B, se muestran categorías como contribuyentes presuntos, definitivos, desvirtuados y con sentencias favorables. El portal reportó información actualizada al 31 de mayo de 2026, por lo que la fecha de consulta debe registrarse en el expediente.
Una buena práctica consiste en conservar:
Fecha y hora de consulta.
RFC consultado.
Resultado obtenido.
Captura o archivo de respaldo.
Usuario que realizó la revisión.
Acción adoptada.
La consulta debe repetirse cuando exista una operación relevante, un proveedor nuevo o una renovación contractual.
Paso cuatro: relacionar la consulta con la operación
Una alerta no debe analizarse de forma aislada. La empresa debe relacionar el resultado con cada CFDI y con la documentación de soporte.
Por ejemplo:
Elemento | Pregunta |
|---|---|
Proveedor | ¿Está localizado y activo? |
Operación | ¿El servicio fue recibido? |
Contrato | ¿Describe con claridad el objeto? |
Pago | ¿Se pagó a la cuenta del proveedor? |
Entregables | ¿Existe evidencia verificable? |
Contabilidad | ¿La operación está registrada correctamente? |
Declaraciones | ¿El efecto fiscal coincide? |
La ausencia de un documento no demuestra automáticamente que la operación sea inexistente. Sin embargo, sí puede representar una brecha probatoria que debe atenderse.
¿Cómo puede ayudar la IA?
Una plataforma con asistentes especializados puede apoyar en cinco tareas:
1. Detección de proveedores repetidos
Puede identificar proveedores con variaciones en razón social, RFC, cuentas bancarias o domicilios registrados.
2. Priorización de operaciones
Puede ordenar los CFDI según monto, frecuencia, tipo de servicio, relación con partes vinculadas y ausencia de documentos.
3. Conciliación documental
Puede relacionar el CFDI con contrato, pago, entregables, póliza y declaración.
4. Generación de alertas
Puede señalar:
Proveedor sin expediente.
CFDI sin evidencia de prestación.
Diferencias entre monto facturado y pagado.
Operación fuera del comportamiento histórico.
Documentos con fechas contradictorias.
Proveedor con registro público relevante.
5. Preparación del expediente
Puede organizar la información para que el profesional revise la situación y determine si se requiere una aclaración, autocorrección, integración documental o estrategia de defensa.
En Help AI, el agente especializado en Materialidad y Cumplimiento Fiscal puede ayudar a relacionar proveedores, CFDI, contratos, pagos y documentación operativa. A partir de esa información, el profesional puede identificar qué operaciones requieren una revisión prioritaria y qué elementos probatorios deben integrarse antes de tomar una decisión.
¿Qué sucede si el proveedor aparece en el listado definitivo?
Si el proveedor aparece en un listado definitivo, la empresa debe revisar las operaciones a las que dio efectos fiscales.
El artículo 69-B del CFF contempla que quienes hayan utilizado esos comprobantes deben acreditar que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios, o bien corregir su situación fiscal conforme al procedimiento aplicable.
La RMF 2026 contempla reglas y fichas de trámite relacionadas con la documentación que deben presentar los contribuyentes en estos supuestos. La revisión debe hacerse con la versión vigente de la resolución, sus anexos y la ficha correspondiente. El SAT mantiene el repositorio oficial de la RMF 2026 y sus actualizaciones.
No debe confundirse este procedimiento con el relacionado con el artículo 69-B Bis, que se refiere a la transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales.
La ventaja de utilizar Help AI en este punto consiste en pasar de una alerta aislada a un análisis organizado. El profesional puede revisar los antecedentes del proveedor, identificar las operaciones relacionadas, clasificar la evidencia disponible y preparar una ruta de acción: integrar documentación, corregir la situación fiscal o evaluar una estrategia de defensa.
Qué debe contener el expediente preventivo
Por cada proveedor de riesgo medio o alto, conviene integrar:
Datos fiscales.
Contrato.
Cotización.
Orden de compra.
CFDI.
Evidencia de recepción.
Reportes o entregables.
Comprobantes de pago.
Póliza contable.
Consulta del SAT.
Justificación de la relación comercial.
Aprobación interna.
Fecha de revisión.
Responsable del expediente.
La documentación contable y fiscal debe conservarse conforme a los plazos del artículo 30 del CFF. La regla general es de cinco años, aunque existen supuestos de conservación por periodos más amplios.
Errores que deben evitarse
Contratar proveedores sin revisión inicial.
Consultar el listado y no guardar evidencia.
Creer que el CFDI sustituye al contrato.
No documentar la recepción del servicio.
Pagar a una cuenta distinta sin explicación.
Utilizar conceptos genéricos.
No revisar operaciones anteriores.
Confundir una alerta con una conclusión jurídica.
Preparar evidencia únicamente después de una notificación.
La mejor defensa preventiva comienza antes de contratar y continúa durante toda la relación comercial.
Con un asistente especializado, puedes cruzar información de proveedores, CFDI, contratos y pagos para identificar operaciones que requieren una revisión más profunda.



