Aguacate de exportación: nuevos controles de trazabilidad y documentos obligatorios
El DOF endurece los controles para movilizar aguacate de exportación. Conozca los documentos, rutas y requisitos fitosanitarios para evitar retornos.

La edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 1 de octubre de 2026 publicó disposiciones con efectos inmediatos en materia fiscal, energética y fitosanitaria. Los contribuyentes, representantes, empacadoras y operadores logísticos deben ajustar sus controles antes de realizar operaciones sujetas a estas reglas.
Índice de contenidos
1. ISR de jugadores extranjeros: pago a más tardar al día siguiente del ingreso
La regla 9.4.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, modificada por el SAT, establece que las personas físicas residentes en el extranjero que tengan la calidad de jugadores deberán calcular y enterar el ISR correspondiente a más tardar el día siguiente de obtener el ingreso.
El pago también podrá realizarse por conducto de las Asociaciones Miembro de la FIFA, con excepción de la Asociación Anfitriona. La nueva ficha 117/CFF del Anexo 2 regula la presentación del informe, la documentación y la obtención de la línea de captura.
Impacto: Los jugadores, representantes y asociaciones deberán coordinar el cálculo, pago y comprobación del impuesto dentro de plazos muy reducidos. La falta de control puede generar diferencias fiscales y dificultades para acreditar el cumplimiento de los artículos 170 y 174 de la Ley del ISR.
Fecha clave: La resolución entró en vigor el 1 de octubre de 2026. Las Asociaciones Miembro de la FIFA deben presentar la información con al menos cinco días de anticipación al pago del ingreso a los jugadores.
Recomendación: Identifica a los sujetos obligados, prepara los documentos de representación y establece un procedimiento interno para calcular, pagar y conservar el comprobante del ISR dentro del plazo aplicable.
2. Nuevo ajuste al precio base del diésel
La modificación a la regla 11.7.3. de la RMF para 2026 establece que para el 1 de octubre de 2026 se restará la cantidad de $1.06 pesos por litro en el cálculo del precio base del diésel.
El ajuste incide en las operaciones de contribuyentes vinculados con el transporte, distribución, comercialización y consumo intensivo de combustibles.
Impacto: Las empresas deben revisar sus cálculos de costos, facturación, controles de combustible y determinaciones fiscales para evitar diferencias contables u operaciones calculadas con parámetros desactualizados.
Fecha clave: El ajuste de $1.06 pesos por litro es aplicable al 1 de octubre de 2026. La resolución entró en vigor en esa misma fecha.
Recomendación: Actualiza los sistemas de cálculo y revisa las operaciones realizadas desde el 1 de octubre de 2026, incluyendo registros contables, controles internos y documentación relacionada con el consumo de diésel.
3. Nuevos controles para movilizar aguacate destinado a exportación
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó un Acuerdo que establece requisitos documentales, controles de ruta y medidas fitosanitarias para la movilización nacional de aguacate fresco con fines de exportación.
Dependiendo del origen, tránsito y destino, el embarque deberá contar con Certificado Fitosanitario de Movilización Nacional (CFMN), Cartilla Fitosanitaria o Constancia de Origen de Productos Regulados Fitosanitariamente (COPREF).
Para las exportaciones reguladas, especialmente hacia Estados Unidos, la fruta deberá provenir de huertos certificados o registrados, contar con trazabilidad y trasladarse directamente del huerto a la empacadora. El Acuerdo no permite el abastecimiento mediante acopiadores, comercializadores o maquiladores.
Impacto: Los embarques sin documentación suficiente pueden ser retornados a su lugar de origen. Si se detectan plagas cuarentenarias, el producto puede ser retornado o destruido conforme a la Ley Federal de Sanidad Vegetal.
Fechas clave:
Entrada en vigor: 2 de octubre de 2026.
Inicio de operaciones del SITAEX: 31 de diciembre de 2026.
Hasta la entrada en operación del SITAEX continuará funcionando el SICOA.
Recomendación: Clasifica cada ruta conforme al estatus fitosanitario de las zonas involucradas, determina el documento requerido y verifica que la información del huerto, transporte, volumen y empacadora coincida completamente.
Conclusión
Las disposiciones publicadas modifican obligaciones que requieren atención inmediata. El régimen de ISR para jugadores introduce plazos de pago y reporte particularmente breves; el ajuste del diésel exige actualizar cálculos desde el 1 de octubre; y el Acuerdo fitosanitario condiciona la movilización de aguacate a controles documentales y de trazabilidad.
La medida más importante para reducir riesgos es revisar las operaciones en curso, documentar cada cumplimiento y actualizar los procedimientos internos antes de efectuar nuevas operaciones sujetas a estas disposiciones.



